domingo, 28 de diciembre de 2014

El juez único mantiene la sanción a Airam Cabrera del Cádiz





http://cadiz.eldesmarque.com/cadiz-cf/39066-el-juez-unico-mantiene-la-sancion-a-airam-cabrera

El juez único de competición de la Segunda División B ha publicado este martes las sanciones correspondientes a la pasada jornada de la categoría, la 18, en la que el Cádiz Club de Fútbol visitó al Villanovense extremeño.


En el citado encuentro, el delantero amarillo Airam Cabrera fue expulsado por doble amarilla, tal y como recoge el acta que redactara Escudero Marín tras acabar el encuentro.

“En el minuto 3 el jugador (9) López Cabrera, Airam fue amonestado por el siguiente motivo: agarrar a un adversario en la disputa del balón... En el minuto 72 el jugador (9) López Cabrera, Airam fue amonestado por el siguiente motivo: disputar el balón con el brazo separado del cuerpo, impactando el mismo en la cara de un adversario de forma temeraria; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que en el minuto 72 el jugador (9) López Cabrera, Airam fue expulsado por el siguiente motivo: doble amarilla”.

Ante esto, el Cádiz presentó una prueba videográfica que no ha convencido al juez de la competición, Francisco Rubio Sánchez, que ha denegado el recurso y, de momento, mantiene la sanción de un partido para el delantero canario, que deberá pagar 374 euros de multa, además de los 45 que pagará el club.

Estos son los fundamentos jurídicos que llevan a Rubio Sánchez a mantener la sanción:

Primero

“Las apreciaciones arbitrales referentes a la disciplina deportiva basadas en hechos relacionados con el juego son definitivas y se presumen ciertas, obligando a quien las impugna a hacer quebrar su interina certeza con una prueba concluyente y rotunda, que ponga de manifiesto un claro error arbitral, a tenor de lo dispuesto en los artículos 27.3 y 130.2 del Código Disciplinario de la RFEF”.

Segundo

“En esta ocasión el rigor probatorio exigido para hacer quebrar la presunción de veracidad de los hechos establecidos en el acta no es suficiente a los efectos pretendidos, por cuanto del examen de las imágenes se desprende que la acción del jugador Don Airam López Cabrera que motivó su segunda amonestación es totalmente compatible con la redacción del acta arbitral, lo que constituye una infracción del artículo 111.1.a) del Código Disciplinario de la RFEF.”

La última vía

Pese a todo, el Cádiz podrá agotar una última vía, la del Comité de Apelación, ante la que podrá interponer un nuevo recurso en un plazo máximo de diez días desde este martes. Teniendo en cuenta la importancia capital de Airam en el equipo amarillo, es casi seguro que los servicios jurídicos prepararán un nuevo recurso para agotar todas las vías para que el futbolista sea de la partida en el choque ante el Arroyo del próximo 4 de enero.

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